Estatales bonaerenses tendrán más días de licencia por maternidad, paternidad y adopción
25 de Febrero 2022
Los trabajadores de la administración pública y de la carrera profesional hospitalaria de la provincia de Buenos Aires tendrán más días de licencia por maternidad y paternidad. Además, se agregaron un conjunto de licencias parentales. Repasa caso por caso cuántos días te tocan.
Los trabajadores de la administración pública y de la carrera profesional hospitalaria de la provincia de Buenos Aires desde este jueves 24 de febrero de 2022 y por un plazo de dos años tendrán más días de licencia por maternidad, paternidad, por adopción, por causas particulares, por fallecimiento y por el nacimiento de un hijo con discapacidad.
En rigor, el Gobierno de Axel Kicillof oficializó los cambios en el régimen de licencias parentales acordados en las negociaciones paritarias con los gremios que reúnen a los trabajadores estatales bonaerenses, mediante los decretos 140/2022 y 189/2022 publicados hoy en el Boletín Oficial.
“El Estado provincial y las asociaciones sindicales arribaron al mencionado acuerdo (sobre las licencias parentales para estatales bonaerenses), por dos años desde la promulgación del presente decreto, manteniendo subsistente sus condiciones hasta la vigencia de un nuevo acuerdo o convenio colectivo de trabajo”, estipularon los decretos.
Así, quedó establecido que todos los estatales bonaerenses nucleados en las leyes 10.430 y 10.471, tendrán más días de licencia por maternidad, paternidad y por adopción, entre otras, una medida que busca establecer un criterio inclusivo, de ampliación de derechos, y de equidad de género propiciando una crianza compartida.
Estatales bonaerenses: más días de licencia por maternidad, paternidad y adopción
Como quedó expresado en los decretos publicados hoy en el Boletín Oficial, los cambios acordados con los gremios estatales bonaerenses no sólo contempla extender los días de la licencia por maternidad y paternidad, sino que bajo una perspectiva de igualdad de género, derechos de la niñez y no discriminación, se amplían los tipos de licencias parentales para contemplar también las situaciones de adopción, de familiares enfermos y de adaptación escolar, entre otras.
- Licencia por adopción: pasa de 90 a entre 120 y 180 días, según la edad del niño o niña.
- Licencia por nacimiento de niño o niña con discapacidad: habrá hasta 180 días de corrido.
- Licencia para personas no gestantes: pasan de 3 a 15 días.
- Licencia por trámite de adopción: dos días de corrido y hasta diez al año.
- Licencia por abrigo de niño o niña: hasta 90 días anuales.
- Licencia por fallecimiento del corresponsable parental: pasa de los 2 o 3 días actuales a un lapso de uno a tres meses en función de los años del hijo o hija menor.
- Licencia por familiar enfermo: se agregan 15 días, y alcanzarían así los 35 días.
- Licencia por adaptación escolar: se empieza a contemplar.
- Licencia por tratamiento de fertilización asistida: hasta diez días al año.









